Muchos estaréis pensando que si la Comunidad tiene un administrador de fincas, éste se puede encargar de contratar a un técnico, pero ya he dedicado otros posts a este punto. Yo considero que eliminar intermediarios, ahorra costes y elimina suspicacias (comisiones, básicamente). Cada intervención necesaria, la Comunidad puede interpelar directamente a "su" técnico, y no "al técnico del administrador". Para mí, este matiz es importante.
En fin, no pierdo la esperanza de que se implante rápidamente esta figura, teniendo en cuenta además, que buena parte de lo que aquí planteo, es obligatorio para todos los edificios de más de 45 años. Podéis plantearme cualquier duda e intentaré ayudaros. Espero en cualquier caso vuestros comentarios, y si os ha gustado, compartid.