Estoy cansado de ver edificios en mal estado de conservación. Algunos de ellos cerca de donde vivo yo, y viven mis hijos, y vives tú seguramente. Algunos de ellos, deberían haber pasado la ITE con toda seguridad. Y lo que no me entra en la cabeza es que el ayuntamiento no les abra expediente, porque tienen medios (técnicos municipales, policía local, etc) . Y es que independientemente de tecnicismos, ITE, el deber de conservación, etc, representan un peligro real.
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Lo podéis ver en vivo en Aquarium Barcelona. Lo que no podréis ver son barceloneses, menos en estas fechas.
¿Qué opináis, está camuflado, o por el contrario, esta originalidad lo hace más visible? Unos clientes me contactan porque reciben carta del ayuntamiento en el que se les da un plazo de 10 días para tomar medidas cautelares y a continuación, presentar proyecto de ejecución y asume de dirección de las obras consistentes en derribo del muro existente y construcción de un nuevo muro (orden de ejecución).
Analizado el asunto, considero que las medidas cautelares más razonables son derribar el muro existente de forma inmediata, y puesto que el cliente tiene intención de vender la finca y no quiere gastar mucho dinero, les planteo ataluzar el terreno formando una valla de cerramiento en lugar de un muro de contención de tierras. Esta solución, más económica, presenta además ventajas estéticas. Consulto con el arquitecto municipal la solución propuesta a los clientes. En un primer momento le parece fantástica la solución y todo son, aparentemente, facilidades. Pero cuando presento, a modo de comunicación previa, la instancia para poder derribar el muro (como medida cautelar), me indica que es necesario proyecto y obtención de licencia municipal de obras incluso antes de derribar el muro. Se considera de forma común que la orden de ejecución legitima la realización de las mismas, por lo que no es necesario solicitar licencia urbanística. Dicho de otra forma, la orden de ejecución, una vez dictada, produce el mismo efecto que la licencia por lo que no es necesario solicitar nueva licencia para la realización de la obra Pero bien, donde manda patrón, no manda marinero, ¿verdad?. Formalizo en pocos días el proyecto y el asume de dirección y esperamos la licencia de obras, que afortunadamente, conceden con carácter de urgencia. Se derivan las tasas que los clientes han de pagar, cuando teóricamente las órdenes de ejecución tienen exentas las tasas, pero bueno, seguimos de marineros... y finalmente, se ejecuta la obra y se soluciona el problema. Mientras tú, estimado lector, asocias en estas fechas, la palabra itinerario seguramente al trayecto veraniego que tienes previsto hacer, con escalas, de un sitio a otro, a modo de ocio, yo estoy peleándome con los conceptos siguientes: Itinerario practicable (1) Itinerario adaptado (2) Itinerario accesible (3) (1) Entiendo que es el itinerario (diseño y trazado de los recorridos de uso público o comunitario destinados al tránsito de personas) que puede hacer una persona con movilidad reducida, pero con la ayuda de alguien. (2) Entiendo que es el itinerario que puede hacer una persona con movilidad reducida, de forma autónoma. (3) Entiendo que es el itinerario conforme al Código Técnico de la Edificación (CTE) en materia de accesibilidad, que en la práctica, anula los anteriores, al ser un poco más restrictiva. Si no lo he entendido bien, agradeceré vuestros comentarios. Finalmente, comparto algunas fotos donde podéis ver que tenemos un largo camino que recorrer en materia de accesibilidad. No hace falta usar silla de ruedas para indignarte. Solo necesitas un poco de empatía, o haber llevado carritos de bebé (¿has tenido mellizos?), arrastrar el carro de la compra, o haber sufrido una lesión que precise de muletas. También cuando llueve, notas que el paraguas no cabe entre tanto obstáculo. PD: De los manteros, no hablo. De momento. "Tengo un buzón tan guay que puedo colocarlo en la vía pública" sería un posible título para esta foto "Ya está. Más fácil imposible" "Todavía se puede pasar bien"
Algunos promotores inmobiliarios deberían tener un poco más de sensibilidad a la hora de señalar las plantas de los edificios. ¿No os parece?
En Segur de Calafell por ejemplo, están delimitadas las zonas inundables con señales al efecto. Cuando ves señales como la de la fotografía, aunque explícitamente no esté señalada como "zona incendiable" creo que es un indicio. Otra variable a tener en cuenta a la hora de decidir la compra de una vivienda, ¿no crees?
Por eso me llamó tanto la atención el caso de esta vivienda, en la que si os fijáis bien en las fotografías, en una de las viviendas, acabaron por añadir por el interior, un toldo.
No se podrá aplicar en todos los casos, pero imaginad en estos días de calor una fachada orientada al Sur, a la que aplicamos una solución como ésta. Resulta estimulante, y refrescante, ¿no os parece? Haz clic aquí para editar.
Me encuentro con este edificio, y tengo que imaginar que a nivel de proyecto no debían estar previstas estas chimeneas, porque de otra manera, quiero pensar que no se habrían ejecutado así. Vamos a mí personalmente me parecen horribles, no sé qué pensaréis vosotros. Imagino que tuvieron que instalarse sin que estuviera previsto inicialmente, y ahora afean mucho el edificio. Estas imágenes me han hecho recordar una salida de humos de un restaurante en la costa, a la que aplicaron un diseño artístico y divertido: Así que tal vez en el edificio "de las chimeneas" acaben aplicando alguna solución parecida, pintando una de cada color, numerando las casas para que las vean de lejos, no lo sé, pero me divierte la idea de convertir un problema estético en una solución divertida. Pero siempre con el asesoramiento de un técnico, por favor. Comentad. |
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December 2021
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